Objetivos
La Fundación Gonzalo es una organización no gubernamental dirigida al desarrollo y la formación integral de los paralíticos españoles, sus familias y los profesionales que de alguna manera tengan que ver con ellos.
Artículo 5º.- Para ello podrá tomar las siguientes iniciativas:
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Conceder toda clase de ayudas a personas físicas. Así como colaborar por cualquier medio admitido en derecho con las personas físicas o jurídicas que realicen actividades comprendidas en el mismo.
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Promover, financiar y gestionar centros (tanto de nueva creación, como ya existentes), que contribuyan a conseguir el fin fundacional.
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Organizar cursos, conferencias, exposiciones y toda clase de manifestaciones similares; así como la promoción, financiación y edición de toda clase de publicaciones científicas o de divulgación de los trabajos realizados por la Fundación.
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Realizar actividades de voluntariado y de cooperación internacional al desarrollo, mediante la colaboración con otras entidades no gubernamentales, pudiendo a estos efectos servir de cauce para destinar a finalidades concretas, en España, los recursos recibidos de personas físicas o jurídicas con estricto respeto a la voluntad de los donantes.
Artículo 6º.- Para la consecución de estos fines, la Fundación podrá realizar las siguientes actividades, que se enumeran a simple título enunciativo y no limitativo:
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Conceder toda clase de ayudas a personas físicas. Así como colaborar por cualquier medio admitido en derecho con las personas físicas o jurídicas que realicen actividades comprendidas en el mismo.
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Promover, financiar y gestionar centros (tanto de nueva creación, como ya existentes, que contribuyan a conseguir el fin fundacional.
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Organizar cursos, conferencias, exposiciones y toda clase de manifestaciones similares; así como la promoción, financiación y edición de toda clase de publicaciones científicas o de divulgación de los trabajos realizados por la Fundación.
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Realizar actividades de voluntariado y de cooperación internacional al desarrollo, mediante la colaboración con otras entidades no gubernamentales, pudiendo a estos efectos servir de cauce para destinar a finalidades concretas, en España o en el extranjero, los recursos recibidos de personas físicas o jurídicas con estricto respeto a la voluntad de los donantes.
La Fundación podrá realizar sus actividades directa o indirectamente (incluso a través de la participación en sociedades mercantiles (así como en colaboración con otras entidades, y podrá recabar la ayuda técnica y económica de cualquier persona física o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera.
Atendidas las circunstancias de cada momento, la Fundación tendrá plena libertad para proyectar su actuación hacia cualquiera de las actividades expresadas en el presente artículo. O hacia otras subsumibles o relacionadas con ellas.